Cómo se calcula el sueldo con reducción de jornada
La regla es sencilla: el salario se reduce en la misma proporción que la jornada. Si trabajas un 25 % menos de horas, cobras un 25 % menos de salario bruto. Así lo establece el artículo 37.6 del Estatuto de los Trabajadores, que habla de una «disminución proporcional del salario».
Salario reducido = Salario actual × (Horas tras la reducción ÷ Horas de tu jornada completa)
Si conoces el porcentaje en lugar de las horas, la fórmula equivalente es:
Salario reducido = Salario actual × (1 − porcentaje de reducción ÷ 100)
Ejemplo
Lucía cobra 1.800 € brutos al mes en 14 pagas y trabaja 40 horas a la semana. Pide reducir su jornada a 30 horas para cuidar de su hija de 4 años.
- Porcentaje de reducción: 1 − (30 ÷ 40) = 0,25, es decir, un 25 %.
- Nuevo salario por paga: 1.800 € × 0,75 = 1.350 € brutos.
- Salario anual: 1.350 € × 14 = 18.900 € brutos (antes, 25.200 €).
- Deja de cobrar 450 € brutos por paga y 6.300 € brutos al año.
Tabla rápida para una jornada de 40 horas y 1.800 € al mes
| Reducción | Horas/semana | Salario por paga | Pierdes por paga | Salario anual (14 pagas) |
|---|---|---|---|---|
| 12,5 % (1/8) | 35 | 1.575 € | 225 € | 22.050 € |
| 20 % | 32 | 1.440 € | 360 € | 20.160 € |
| 25 % | 30 | 1.350 € | 450 € | 18.900 € |
| 30 % | 28 | 1.260 € | 540 € | 17.640 € |
| 37,5 % | 25 | 1.125 € | 675 € | 15.750 € |
| 50 % (1/2) | 20 | 900 € | 900 € | 12.600 € |
Todas las cifras son brutas. Usa la calculadora de arriba con tu salario y tu jornada reales.
¿Y el sueldo neto?
La calculadora te da el salario bruto, que es el que se reduce de forma proporcional. Lo que llega a tu cuenta (el neto) depende de tu retención de IRPF y de las cotizaciones a la Seguridad Social. Como al bajar tu salario suele bajar también tu porcentaje de retención, normalmente pierdes algo menos en neto que en bruto. Para conocer la cifra exacta, revisa tu primera nómina con la reducción o pide a tu empresa una simulación.
Quién tiene derecho a la reducción de jornada
El artículo 37.6 del Estatuto de los Trabajadores reconoce este derecho a quien, por razones de guarda legal, tenga a su cuidado directo:
- Un hijo o menor de 12 años.
- Una persona con discapacidad que no desempeñe una actividad retribuida.
- Un familiar hasta el segundo grado (padres, abuelos, hermanos, nietos, también por afinidad) que, por edad, accidente o enfermedad, no pueda valerse por sí mismo y no desempeñe una actividad retribuida.
Es un derecho individual: si ambos progenitores trabajan, los dos pueden ejercerlo.
Límites legales
En estos supuestos, la reducción debe estar entre un octavo (12,5 %) y la mitad (50 %) de tu jornada. Con 40 horas semanales, puedes trabajar entre 20 y 35 horas.
Existe un caso especial: el cuidado de un hijo menor afectado por cáncer u otra enfermedad grave que requiera ingreso hospitalario de larga duración y cuidado directo, continuo y permanente. Aquí la reducción debe ser de al menos el 50 % y puede compensarse con una prestación de la Seguridad Social.
Cómo solicitarla
- Tú eliges el horario dentro de tu jornada ordinaria (artículo 37.7 del Estatuto). Tu convenio colectivo puede fijar criterios para ese horario.
- Debes avisar a la empresa con 15 días de antelación (o el plazo que fije tu convenio), indicando cuándo empieza y cuándo termina la reducción.
- Hazlo siempre por escrito y guarda una copia con la fecha de entrega.
Cómo afecta a tus pagas, vacaciones y derechos
- Pagas extra: se reducen en la misma proporción que el salario.
- Vacaciones: conservas los mismos días. Se pagan según tu salario reducido.
- Despido: si te despiden durante una reducción de las previstas en el artículo 37.6, la indemnización se calcula con el salario que te correspondería sin la reducción (disposición adicional decimonovena del Estatuto).
- Cotización: durante un periodo de la reducción por cuidado de hijos, la Seguridad Social considera tus cotizaciones como si trabajaras a jornada completa para algunas prestaciones, como la jubilación. Consulta las condiciones vigentes en la Seguridad Social.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto se reduce el sueldo con una reducción de jornada?
En la misma proporción que la jornada. Si reduces un 25 % de tus horas, tu sueldo bruto baja un 25 %. Por ejemplo, con 1.800 € brutos al mes y una reducción de 40 a 30 horas, pasarías a cobrar 1.350 € brutos por paga.
¿Cuál es el mínimo y el máximo de reducción por cuidado de hijos?
Entre un octavo (12,5 %) y la mitad (50 %) de la jornada, según el artículo 37.6 del Estatuto de los Trabajadores. Tu convenio puede ampliar estos márgenes.
¿Hasta qué edad del hijo puedo pedirla?
Hasta que el menor cumpla 12 años, salvo que tu convenio colectivo mejore esa edad. En el caso de hijos con cáncer u otra enfermedad grave, el límite es mayor.
¿Se reducen las vacaciones si tengo reducción de jornada?
No. Mantienes los mismos días de vacaciones. Lo que cobras durante las vacaciones se calcula sobre tu salario reducido.
Si me despiden con reducción de jornada, ¿la indemnización es menor?
No, en las reducciones del artículo 37.6. La indemnización se calcula sobre el salario que te correspondería sin la reducción.
¿Puede la empresa negarme la reducción de jornada?
Si cumples los requisitos del artículo 37.6, es un derecho y la empresa no puede negártelo. Lo que sí pueden surgir son desacuerdos sobre el horario; en ese caso, la ley prevé un procedimiento ante el juzgado de lo social.
Otras calculadoras
Fuentes
Real Decreto Legislativo 2/2015, texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores: artículos 37.6 y 37.7 y disposición adicional decimonovena. Texto consolidado en el BOE. Resultado orientativo: no sustituye el asesoramiento de un profesional.